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Junio 2004
 
     
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La Voz Latinoamericana de PEP
Junio 2004

Miembros respaldan al nuevo contrato

La gran mayoria de los miembros de DC 37 votaron a favor de un nuevo contrato de tres años que les dará un bono de $1,000 y un aumento salarial de por lo menos 5 por ciento.

El voto se llevó a cabo por correo y fue verificado por la Asociación Americana de Arbitraje y según los resultados 47,752 personas votaron a favor mientras 5,753 votaron en contra del contrato. “Este contrato le pone dinero en los bolsillos de los miembros, y les da un aumento justo”, dijo la directora ejecutiva de DC 37 Lillian Roberts.

“También es un contrato en el cual se puede mirar hacia adelante para negociaciones en el futuro”, dijo Sra. Roberts.
En su totalidad la unión envió 94,344 papeletas para votar a los miembros. Casi 58 por ciento de las papeletas, 54,451, fueron enviadas a la Asociación Americana de Arbitraje durante el proceso que duró tres semanas.

El nuevo contrato es retroactivo y comienza el 1 de julio del 2002 hasta el 30 de junio del 2005. El pago del bono de $1,000 será inmediato. La mayoria de los miembros recibirán el bono de la ciudad el 18 de junio. Los empleados parciales lo recibirán más tarde. Los miembros que trabajan tiempo parcial en los hospitales lo recibirán el 9 de julio. Los miembros que fueron despedidos por la ciudad pero estuvieron en la nómina entre el 1 de julio del 2002 y el 30 de junio del 2003, también lo recibirán.

Los miembros que trabajaron durante ese período y se retiraron despues del 30 de junio del 2002, también recibirán el bono. El aumento de 3 por ciento es retroactivo hasta el 1 de julio de 2003. La ciudad espera hacer ese pago durante el mes de julio. El 2 por ciento adicional con interés cumulativo será pagado el 1 de julio.

“Trabajamos muy duro para este contrato”, dijo Lillian Roberts. “Estoy contenta que los miembros apoyaron con sus voto el trabajo del comité de negociaciones”.

Acuerdo económico del DC 37
(del 1 de julio de 2002 al 30 de junio de 2005)*
Disposiciones para los EMPLEADOS ACTUALES
1. Duración del contrato — 36 meses.

2. Aumentos de sueldo
Una suma total (con derecho a pensión y consistente con la ley aplicable) de $1,000 en efectivo, pagadera al ocurrir la ratificación. (Otros empleados que no sean de tiempo completo la reciben según cálculo proporcional).
3% — 1er. día del 13avo. mes
(1-jul-03).
2% — 1er. día del 25avo. mes
(7-jul-04), combinada.

3. Un 1% adicional estará disponible, sujeto a la identificación del financiamiento, a través del Comité Conjunto Empleado-Patronal sobre Iniciativas de Productividad. Los recursos generados pueden ser usados para brindar un aumento adicional de sueldo en el tercer año y/o para mejorar las modificaciones a las prestaciones del contracto “citywide” para los nuevos empleados. 

4. Comité Conjunto sobre Iniciativas de Productividad
Está presidido conjuntamente por el alcalde adjunto de Operaciones y la directora ejecutiva del DC 37. Identificará las eficiencias, incluyendo, aunque no exclusivamente: examinar el uso de licencia por enfermedad, afinar la eficiencia de la compensación por accidentes y la contratación interna. El Comité informará en octubre del 2004 de estos ahorros de productividad adicionales, para que se apliquen al DC 37.

5. Modificaciones a las prestaciones del contracto Citywide
a. Todos los empleados tendrán derecho a usar tres días de licencia por enfermedad para cuidar de un familiar enfermo.

6. Comités empleado-patronales
Los comités empleado-patronales se establecerán para:
    • Explorar recursos de atención a la infancia.
    • Revisar los problemas de pensiones, incluidos los puestos en “physically taxing”.
    • Explorar horarios de trabajo a distancia y horarios alternativos.
7. Continuación de todos los demás términos del acuerdo económico anterior. 

* Las fechas en que entra en vigor son distintas para los puestos de Family Paraprofessionals y Marine.

 

 

Estas disposiciones NO se aplican a los empleados actuales

Modificaciones de prestaciones para
las nuevas contrataciones fijadas a partir del 1 de julio de 2004

5b. La tarifa de contratación para los empleados a partir del 1 de julio de 2004 será un 15% más baja de la que reciben los titulares. Luego de 2 años de servicio, los empleados ganarán la tarifa titular.

c. Los empleados contratados a partir del 1 de julio de 2004 obtendrán el siguiente programa anual de licencias:


Años de
servicio
Días de licencia
anual acumulada
  1-4 15
Al empezar el 5º año 16
6 17
7 18
8 19
9 20
10 21
11 22
12 23
13 24
14-16
25
17+
27
d. El diferencial de turno nocturno entrará en vigor de 8 p.m. a 8 a.m. para los empleados contratados a partir del 1 de julio de 2004, durante los 3 primeros años de contratación.

e. Los empleados contratados a partir del 1 de julio de 2004 cobrarán en efectivo su licencia por enfermedad con base en un día de licencia terminal por cada tres días de licencia por enfermedad acumulada al separarse del empleo municipal luego de 10 años de servicio.

f. Los empleados contratados a partir del 1 de julio de 2004 acumularán licencia por enfermedad a la tarifa de 10 días por año durante los primeros cinco años de contratación.

g. Los empleados contratados a partir del 1 de julio de 2004 no tendrán derecho al día feriado flotante.

 

 

 

 
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