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Octubre 2007
 
   
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La Voz Latinoamericana de PEP
Octubre 2007

Nueva ley de Nueva York garantiza el derecho de trabajadores a tener representación

En una victoria para los miembros del DC 37 y para todos los trabajadores del sector público del estado de Nueva York, el 18 de julio, el gobernador Eliot Spitzer firmó una legislación que les brinda a todos los empleados el derecho a tener representación — independientemente de su situación en el servicio civil — durante cualquier junta con los gerentes o supervisores, cuando parezca que el cuestionamiento podría conducir a procedimientos disciplinarios.

El Departamento de Asuntos Legales del DC 37 empezó a trabajar con los departamentos de Acción Política y de Investigación y Negociaciones para delinear este proyecto de ley, después de que el más alto tribunal del estado emitió a principios de este año un fallo esta bleciendo que los empleados públicos no tienen el derecho inherente a tener dicha representación bajo la Ley Taylor en las relaciones laborales del sector público. Esa legislación fue respaldada por el asambleísta Peter J. Abbate y por el senador Joseph E. Robach.

Esta nueva protección es parecida a la de los “Derechos de Weingarten” para los empleados del sector privado. Los empleados sujetos a la Sección 75 de la Ley Estatal de Servicio Civil tienen protecciones similares, y el contrato a nivel municipal contiene protecciones parecidas para los empleados a los que cubre. Pero la decisión del Tribunal de Apelaciones significó que los empleados provisionales, a prueba, no competitivos o de un grupo laboral, no tendrían el derecho a tener representación sindical en entrevistas disciplinarias.

La nueva ley convierte en práctica impropia que un patrón del sector público le niegue a un empleado público el derecho, a solicitud del empleado, a tener representación del sindicato del empleado cuando parece que él o ella podría quedar sujeto a medidas disciplinarias. Si el empleado solicita representación, el patrón debe darle al empleado un período razonable de tiempo para obtener dicha representación.
Es importante recordar que el empleado debe solicitar representación sindical al momento en que el patrón está cuestion-ándolo.

 

 

 

 

 
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